{"id":8788,"date":"2022-08-21T00:27:00","date_gmt":"2022-08-21T00:27:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/?p=8788"},"modified":"2022-08-30T20:13:59","modified_gmt":"2022-08-30T20:13:59","slug":"representacion-de-las-mujeres-en-los-organos-de-ddhh-de-onu-medidas-para-lograr-la-paridad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/representacion-de-las-mujeres-en-los-organos-de-ddhh-de-onu-medidas-para-lograr-la-paridad\/","title":{"rendered":"La representaci\u00f3n de las mujeres en los \u00d3rganos de Tratados de Derechos Humanos de la ONU, medidas necesarias para lograr la paridad"},"content":{"rendered":"\n<p style=\"font-size:15px\"><em>[Marcia V. J. Kran es canadiense e integrante del Comit\u00e9 de Derechos Humanos de la ONU (2017 &#8211; 2024), y ex directora de la Oficina de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra y los Centros Regionales del Programa de Desarrollo de la ONU en Bangkok y Bratislava. Ha trabajado en \u00e1reas de desarrollo y derechos humanos en m\u00e1s de 40 pa\u00edses. Agradezco a Bhavya Mahajan por su asistencia en la investigaci\u00f3n para este blog.]<\/em> *<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-media-text alignwide is-stacked-on-mobile\"><figure class=\"wp-block-media-text__media\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" width=\"657\" height=\"562\" src=\"http:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Marcia-Kran.jpeg\" alt=\"Marcia Kran\" class=\"wp-image-8790 size-full\" srcset=\"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Marcia-Kran.jpeg 657w, https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Marcia-Kran-300x257.jpeg 300w\" sizes=\"(max-width: 657px) 100vw, 657px\" \/><\/figure><div class=\"wp-block-media-text__content\">\n<p style=\"font-size:25px\">Las mujeres sostienen la mitad del cielo, pero no suelen ocupar ni la mitad de los cargos influyentes.<\/p>\n<\/div><\/div>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-left\" style=\"font-size:14px\">                       <em>Marcia V.J. Kran<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-normal-font-size\">El derecho de las mujeres a participar en la vida p\u00fablica y pol\u00edtica, incluso como integrantes de instituciones internacionales, es un derecho fundamental, seg\u00fan lo dispuesto en el Art\u00edculo 7 de la Convenci\u00f3n para la Eliminaci\u00f3n de la Discriminaci\u00f3n\u00a0contra\u00a0la Mujer (CEDAW).<\/p>\n\n\n\n<p>Ir\u00f3nicamente, este derecho no se cumple ni siquiera en los \u00d3rganos de Tratados de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, comit\u00e9s creados para examinar y asistir a los Estados a implementar los derechos humanos reconocidos internacionalmente.<\/p>\n\n\n\n<p>Los diez <a href=\"https:\/\/www.lrwc.org\/the-un-human-rights-treaty-bodies-a-lecture-by-marcia-kran-10-december-2020\/\">\u00d3rganos de Tratados del sistema de la ONU<\/a> monitorean la implementaci\u00f3n de los principales tratados internacionales de derechos humanos y eval\u00faan el desempe\u00f1o de los Estados Parte seg\u00fan lo dispuesto en estos tratados. <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">Como no cuentan con una cantidad igualitaria de expertas independientes que sean mujeres<\/a>, los \u00d3rganos de Tratados arriesgan la legitimidad y la eficacia de su trabajo dado que es posible que pasen por alto asuntos y perspectivas que deber\u00edan ser parte de su agenda legal y que solo se lograr\u00edan a trav\u00e9s de la paridad de g\u00e9nero en su composici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En 1997, el Comit\u00e9 para la Eliminaci\u00f3n de la Discriminaci\u00f3n contra la Mujer (Comit\u00e9 CEDAW) <a href=\"https:\/\/tbinternet.ohchr.org\/Treaties\/CEDAW\/Shared%20Documents\/1_Global\/INT_CEDAW_GEC_4736_S.pdf\">recomend\u00f3<\/a> medidas relacionadas a la participaci\u00f3n de las mujeres en la vida pol\u00edtica y p\u00fablica, incluido el trabajo en organizaciones internacionales como, entre otros, los \u00d3rganos de Tratados. Es fundamental que las mujeres <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">no solo sean beneficiarias, sino tambi\u00e9n agentes<\/a> de desarrollo y formulaci\u00f3n de pol\u00edticas internacionales. De acuerdo al <a href=\"https:\/\/www.ohchr.org\/es\/instruments-mechanisms\/instruments\/convention-elimination-all-forms-discrimination-against-women\">Art\u00edculo 8 de la CEDAW<\/a>, los Estados Parte tienen la obligaci\u00f3n de brindar las mismas oportunidades a mujeres y varones para participar en el trabajo de las organizaciones internacionales. Las decisiones tomadas a nivel internacional moldean las pol\u00edticas adoptadas por los Estados Parte que, en \u00faltima instancia, afectan la vida cotidiana de quienes tienen esos derechos, incluidas las mujeres.<\/p>\n\n\n\n<p>En cierta medida, las iniciativas para aumentar la representaci\u00f3n de las mujeres en los \u00d3rganos de Tratados fueron exitosas. Sin embargo, fueron inadecuadas ya que <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">no se logr\u00f3 alcanzar la paridad<\/a>, que es fundamental para que los \u00d3rganos de Tratados cumplan con su prop\u00f3sito previsto.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px\"><strong>Bajos niveles de representaci\u00f3n de mujeres en los \u00d3rganos de Tratados de las Naciones Unidas<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Este a\u00f1o, por primera vez, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">abord\u00f3 formalmente<\/a> el nivel actual de representaci\u00f3n de las mujeres en los \u00f3rganos y mecanismos de la ONU, incluidos los \u00d3rganos de Tratados, en respuesta a la <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G19\/220\/29\/PDF\/G1922029.pdf?OpenElement\">Resoluci\u00f3n 41\/6 del Consejo de Derechos Humanos<\/a>. Este informe, que fue considerado por el Consejo en junio de 2021, explora el impacto de la subrepresentaci\u00f3n de las mujeres y los desaf\u00edos que obstaculizan la paridad de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p>Como se describe en el <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">Informe<\/a>, cuatro \u00d3rganos de Tratados \u2014el Comit\u00e9 de Protecci\u00f3n de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW, por sus siglas en ingl\u00e9s), el Comit\u00e9 de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales (Comit\u00e9 DESCA), el Comit\u00e9 contra la Tortura (CAT, por sus siglas en ingl\u00e9s) y el Comit\u00e9 contra las Desapariciones Forzadas (CED, por sus siglas en ingl\u00e9s)\u2014 presentan la menor cantidad de mujeres integrantes con un 14%, 28%, 30% y 30%, respectivamente (Gr\u00e1fico 1 a continuaci\u00f3n).<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><a href=\"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Grafico1-MarciaK.png\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Grafico1-MarciaK-1024x732.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-8795\" width=\"733\" height=\"523\" srcset=\"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Grafico1-MarciaK-1024x732.png 1024w, https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Grafico1-MarciaK-300x214.png 300w, https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Grafico1-MarciaK.png 1620w\" sizes=\"(max-width: 733px) 100vw, 733px\" \/><\/a><figcaption><strong>Gr\u00e1fico 1<\/strong>: los gr\u00e1ficos describen la composici\u00f3n en el Comit\u00e9 para la Protecci\u00f3n de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, el Comit\u00e9 de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales, el Comit\u00e9 contra la Tortura y el Comit\u00e9 contra la Desaparici\u00f3n Forzada.<\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>Actualmente, la representaci\u00f3n total de mujeres en los diez \u00d3rganos de Tratados es del 48,83%. Sin embargo, solo cuatro \u00f3rganos presentan una gran cantidad de mujeres entre sus integrantes. Dos de ellos son los encargados de abordar los derechos de las mujeres y los derechos de los ni\u00f1os y ni\u00f1as, respectivamente: el Comit\u00e9 CEDAW y el Comit\u00e9 de los Derechos del Ni\u00f1o (CDN). El Comit\u00e9 CEDAW nunca tuvo m\u00e1s de 2 integrantes varones de un total de 23&nbsp;integrantes. Si consideramos los niveles de representaci\u00f3n de g\u00e9nero en los otros ocho \u00d3rganos de Tratados, el n\u00famero de mujeres se reduce al 40%. Adem\u00e1s, si se deja de lado el Comit\u00e9 sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que tiene un 67% de mujeres, el promedio de mujeres en los comit\u00e9s restantes es bajo: 36%.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuando me eligieron como integrante del Comit\u00e9 de Derechos Humanos de la ONU para el mandato que comenz\u00f3 en 2017, hab\u00eda una representaci\u00f3n de mujeres sin precedentes. 8 integrantes de los 18 expertos\/as, o el 44,4&nbsp;%, \u00e9ramos mujeres. Sin embargo, la proporci\u00f3n se redujo con el tiempo, as\u00ed la representaci\u00f3n actual se encuentra por debajo del 40%. Solo <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">7&nbsp;mujeres de los 18 integrantes del Comit\u00e9 son mujeres<\/a>. No obstante, es un cambio positivo respecto al 2020, a\u00f1o en el que solo hab\u00eda 5 mujeres (27,78&nbsp;%) entre sus integrantes.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px\"><strong>Comit\u00e9 de Derechos Humanos de la ONU: mandato basado en la no discriminaci\u00f3n y la igualdad<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La baja representaci\u00f3n de mujeres en los \u00d3rganos de Tratados de la ONU nos hace considerar el impacto negativo que tiene en la efectividad y legitimidad de nuestro trabajo. Los \u00d3rganos de Tratados se establecieron para <a href=\"https:\/\/www.refworld.org\/pdfid\/4fe8291a2.pdf\">acompa\u00f1ar, guiar y fomentar<\/a> la implementaci\u00f3n nacional de las disposiciones de los tratados internacionales de derechos humanos y evaluar el desempe\u00f1o de los derechos humanos de los Estados Parte. Por ejemplo, el Comit\u00e9 de Derechos Humanos de la ONU eval\u00faa que los Estados Parte cumplan con el <a href=\"https:\/\/www.ohchr.org\/sites\/default\/files\/Documents\/ProfessionalInterest\/ccpr_SP.pdf\">Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos<\/a> (ICCPR, por sus siglas en inlg\u00e9s). El Pacto, como varios otros tratados, <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">obliga a los Estados Parte a proteger a las personas contra la discriminaci\u00f3n por motivos de g\u00e9nero<\/a>, lo que se extiende al derecho de las mujeres a participar en igualdad de condiciones en la toma de decisiones internacionales. Por lo tanto, es l\u00f3gico que el Comit\u00e9 de Derechos Humanos respete estos derechos en su composici\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>El aporte de las mujeres como integrantes expertas de los \u00d3rganos de Tratados es claramente indispensable en todas las funciones de los comit\u00e9s, tales como la realizaci\u00f3n de revisiones del cumplimiento de los derechos humanos por parte de los pa\u00edses a trav\u00e9s de di\u00e1logos constructivos, la decisi\u00f3n sobre denuncias individuales de violaciones a derechos humanos y la formulaci\u00f3n de lineamientos para los Estados a trav\u00e9s de Observaciones\/Recomendaciones Generales. Muchos de los casos resueltos por el Comit\u00e9 de Derechos Humanos, en virtud del <a href=\"https:\/\/www.ohchr.org\/es\/instruments-mechanisms\/instruments\/optional-protocol-international-covenant-civil-and-political\">Primer Protocolo Facultativo<\/a> del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol\u00edticos, se refieren espec\u00edficamente a cuestiones de desigualdad de g\u00e9nero o discriminaci\u00f3n por razones de sexo. Una y otra vez, el Comit\u00e9 examin\u00f3 directamente casos en los que se alegaban estas violaciones . A continuaci\u00f3n, se presentan algunos ejemplos.<\/p>\n\n\n\n<p>En el 2020, en un caso presentado por <a href=\"https:\/\/juris.ohchr.org\/Search\/Details\/2832\">Elena Genero<\/a>, el Comit\u00e9 resolvi\u00f3 que Italia, tras establecer un requisito de altura m\u00ednima para convertirse en bombero, violaba el principio de no discriminaci\u00f3n y otros principios contenidos en el ICCPR. Estos requisitos suponen una desventaja innecesaria para las mujeres y restringen sus oportunidades en una profesi\u00f3n tradicionalmente dominada por los varones. En un caso contra <a href=\"https:\/\/juris.ohchr.org\/Search\/Details\/2568\">Nepal<\/a>, en el 2019, el Comit\u00e9 abord\u00f3 cuestiones de detenci\u00f3n arbitraria y tortura, incluida la violaci\u00f3n y agresi\u00f3n sexual de una ni\u00f1a ind\u00edgena de 14 a\u00f1os, mientras estaba bajo custodia. El Estado Parte fue considerado responsable de violar las disposiciones del ICCPR, incluido el art\u00edculo 26 sobre la no discriminaci\u00f3n. Asimismo, en el 2017, se determin\u00f3 que las leyes que restring\u00edan el aborto en Irlanda violaban el Pacto dado su car\u00e1cter intr\u00ednsicamente arbitrario y discriminatorio. El Comit\u00e9 exigi\u00f3 a Irlanda que pagara una indemnizaci\u00f3n y ofreciera apoyo psicol\u00f3gico a la denunciante, <a href=\"https:\/\/juris.ohchr.org\/Search\/Details\/2376\">Siobh\u00e1n Whelan<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p>Otros comit\u00e9s tambi\u00e9n se ocupan espec\u00edficamente de cuestiones relacionadas con la desigualdad de g\u00e9nero o la discriminaci\u00f3n por raz\u00f3n del sexo en sus diversas funciones.<\/p>\n\n\n\n<p style=\"font-size:18px\"><strong>Alcanzar la paridad de g\u00e9nero: desaf\u00edos y recomendaciones<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>A medida que investigamos el problema de la subrepresentaci\u00f3n de las mujeres en los \u00d3rganos de Tratados, es evidente que una de las razones b\u00e1sicas por la que a\u00fan no se logr\u00f3 la paridad de g\u00e9nero es que <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">los Estados no han nominado una cantidad suficiente de mujeres expertas como candidatas para los comit\u00e9s<\/a>. Los Estados Parte nominan candidatos\/as para las elecciones de los \u00d3rganos de Tratados en respuesta a una invitaci\u00f3n del Secretario General de presentar candidaturas. <a href=\"https:\/\/www.ohchr.org\/Documents\/HRBodies\/TB\/ElectionsGuide.pdf\">Los\/as integrantes son elegidos por los Estados que son parte<\/a> del tratado correspondiente. Lamentablemente, en muchos pa\u00edses, estos procesos de nominaci\u00f3n rara vez son formales o transparentes, lo que a menudo da lugar a que las candidatas calificadas no est\u00e9n enteradas de las vacantes disponibles.<\/p>\n\n\n\n<p>Si los Estados Parte no priorizan la paridad de g\u00e9nero en sus procesos de nominaci\u00f3n, provocar\u00e1n un efecto adverso en la eficiencia y credibilidad del sistema de \u00d3rganos de Tratados. Se espera que los \u00d3rganos de Tratados defiendan los principios de igualdad de g\u00e9nero y no discriminaci\u00f3n basada en el g\u00e9nero, pero, en realidad, el mismo proceso de selecci\u00f3n de integrantes puede verse afectado por pr\u00e1cticas discriminatorias. La subrepresentaci\u00f3n de las mujeres en los \u00d3rganos de Tratados tambi\u00e9n tiende a dar lugar a que se preste poca atenci\u00f3n a las cuestiones centrales de g\u00e9nero e interseccionalidad. Adem\u00e1s, los Estados Parte pueden estar menos dispuestos a implementar las recomendaciones de un \u00d3rgano de Tratado para garantizar la paridad de g\u00e9nero en la vida p\u00fablica y pol\u00edtica nacional, o prohibir la discriminaci\u00f3n por motivos de g\u00e9nero o sexo, si la composici\u00f3n del propio \u00d3rgano de Tratado carece de un balance de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p>Asimismo, los prerrequisitos actuales para la selecci\u00f3n de expertos\/as en virtud de los tratados de derechos humanos de la ONU no exigen tener en cuenta la paridad de g\u00e9nero durante las nominaciones o elecciones. Lamentablemente, esto sucede <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">incluso cuando los tratados hacen referencia expl\u00edcita a la importancia de un equilibrio de g\u00e9nero adecuado entre los\/as integrantes de los comit\u00e9s <\/a>. Por lo tanto, es imperativo que el proceso de selecci\u00f3n de integrantes de los \u00d3rganos de Tratados sea renovado para que el balance de g\u00e9nero se convierta en una prioridad. Hay varias opciones para alcanzar ese objetivo. Para empezar, los Estados podr\u00edan reemplazar el proceso de selecci\u00f3n informal por <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">uno p\u00fablico, transparente y basado en el m\u00e9rito<\/a> que considere expl\u00edcitamente el balance de g\u00e9nero como un criterio clave. Esto tambi\u00e9n ser\u00eda m\u00e1s beneficioso en general para ayudar a garantizar que los conocimientos <a href=\"https:\/\/www.passblue.com\/2020\/09\/11\/theres-another-important-election-soon-and-it-concerns-universal-human-rights\/\">y la experiencia de los\/as integrantes sean primordiales<\/a> a la hora de seleccionar a los integrantes del \u00d3rgano de Tratado.<\/p>\n\n\n\n<p>A modo de ejemplo, la <a href=\"https:\/\/disabilityalliancebc.org\/crpd-elections-call-for-expressions-of-interest-final-en\/\">convocatoria p\u00fablica de Canad\u00e1 para la solicitud<\/a> de adhesi\u00f3n a la CDPD ofrece una opci\u00f3n para que las mujeres se identifiquen a s\u00ed mismas como integrantes de un grupo de equidad en funci\u00f3n de su g\u00e9nero. <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">Suiza<\/a> tambi\u00e9n implement\u00f3 un proceso abierto.<\/p>\n\n\n\n<p>El <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">Informe<\/a> en el que se basa el Consejo de Derechos Humanos ofrece una variedad de recomendaciones y pr\u00e1cticas prometedoras que tienen un gran potencial para acelerar el progreso hacia la paridad de g\u00e9nero en los \u00d3rganos de Tratados. A continuaci\u00f3n, se resumen algunos de estos \u00fatiles pasos.<\/p>\n\n\n\n<p><em><strong>Para los Estados:<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Identificar de manera proactiva candidatas para ocupar puestos en los \u00d3rganos de Tratados y, cuando corresponda, dar preferencia a las mujeres sobre los candidatos masculinos.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Trabajar con organizaciones de la sociedad civil, como por ejemplo asociaciones de mujeres, para recopilar perfiles de mujeres calificadas y difundir ampliamente las vacantes disponibles. En esa l\u00ednea, me gustar\u00eda felicitar a las organizaciones de la sociedad civil, como la Campa\u00f1a <a href=\"http:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/inicio\/\">GQUAL<\/a>, por su convincente <a href=\"https:\/\/ishr.ch\/latest-updates\/human-rights-committee-ensure-gender-parity-upcoming-elections\/\">defensa<\/a> de la paridad de g\u00e9nero en los mecanismos de la ONU, incluidos los \u00d3rganos de Tratados.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Incorporar el g\u00e9nero como un criterio expl\u00edcito en los procesos de nominaci\u00f3n; establecer indicadores para la nominaci\u00f3n de mujeres en cada \u00d3rgano de Tratado.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Ejercer influencia en apoyo a las mujeres candidatas.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Promover la investigaci\u00f3n para ayudar a superar las barreras que impiden alcanzar la paridad de g\u00e9nero en los \u00d3rganos de Tratados.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Supervisar y garantizar el cumplimiento de las medidas pertinentes en torno a la paridad de g\u00e9nero.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Informar al Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre el progreso o las dificultades experimentadas en la implementaci\u00f3n de las recomendaciones del informe.<\/p>\n\n\n\n<p><em><strong>Para la Secretar\u00eda (Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos)<\/strong><\/em><\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 <a href=\"\/C:\/Users\/Rocio\/Documents\/Clientes%20directos\/%E2%80%A2%09Incorporate%20gender%20as%20an%20explicit%20feature%20in%20nomination%20processes%3B%20establish%20benchmarks%20for%20nominating%20women%20for%20each%20Treaty%20Body\">Difundir ampliamente las futuras elecciones para los \u00d3rganos de Tratados y colaborar con las redes de mujeres relevantes.<\/a><\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Hacer un seguimiento peri\u00f3dico de la cantidad de mujeres y varones que ocupan cargos como expertos\/as independientes en los \u00d3rganos de Tratados. Hacer p\u00fablica esta informaci\u00f3n en un formato similar al <a href=\"https:\/\/www.un.org\/gender\/content\/un-secretariat-gender-parity-dashboard\">Panel de Paridad de G\u00e9nero de la Secretar\u00eda de la ONU<\/a>. En relaci\u00f3n con este punto, agregar\u00eda que las convocatorias a nominaciones para un determinado \u00d3rgano de Tratado podr\u00edan informar expl\u00edcitamente a los Estados Parte sobre el balance o la brecha de g\u00e9nero actual en el Comit\u00e9 en cuesti\u00f3n (Gr\u00e1fico2).<\/p>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-image\"><figure class=\"aligncenter size-large is-resized\"><a href=\"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Grafico2-MarciaK.png\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" src=\"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Grafico2-MarciaK-1024x667.png\" alt=\"\" class=\"wp-image-8798\" width=\"790\" height=\"514\" srcset=\"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Grafico2-MarciaK-1024x667.png 1024w, https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Grafico2-MarciaK-300x195.png 300w\" sizes=\"(max-width: 790px) 100vw, 790px\" \/><\/a><figcaption>Gr\u00e1fico 2: Panel de paridad de g\u00e9nero sugerido para los \u00d3rganos de Tratados de la ONU<\/figcaption><\/figure><\/div>\n\n\n\n<p>\u2022 Asistir a los Estados y al Consejo de Derechos Humanos en el dise\u00f1o de mecanismos para lograr la paridad de g\u00e9nero en los \u00f3rganos de Naciones Unidas, incluso durante los procesos de nominaci\u00f3n y elecci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Promover la investigaci\u00f3n para identificar, analizar y superar las barreras que impiden alcanzar la paridad de g\u00e9nero en los \u00d3rganos de Tratados e informar sobre las buenas pr\u00e1cticas a nivel nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>\u2022 Informar peri\u00f3dicamente sobre las pol\u00edticas y mecanismos de nominaci\u00f3n existentes, destacando las mejores pr\u00e1cticas identificadas.<\/p>\n\n\n\n<p>El derecho a la participaci\u00f3n plena e igualitaria de la mujer en todos los aspectos de la sociedad es un derecho humano fundamental seg\u00fan lo dispuesto en los <a href=\"https:\/\/www.ohchr.org\/es\/instruments-mechanisms\/instruments\/convention-elimination-all-forms-discrimination-against-women\">Art\u00edculos 7 y 8 de la CEDAW<\/a>. Sin embargo, incluso en el 2021, seguimos trabajando para garantizar que este derecho se respete, se proteja y se cumpla en los \u00d3rganos de Tratados de la ONU. Al reconocer abiertamente la falta de balance de g\u00e9nero en los \u00d3rganos de Tratados, hemos dado un primer paso significativo. <\/p>\n\n\n\n<p>A partir de mayo de 2021, las mujeres presiden cinco de los diez&nbsp;\u00d3rganos de Tratados y ocupan 18 de los 41 puestos de liderazgo (presidenta, vicepresidenta y relatora). La mayor representaci\u00f3n de mujeres en estos cargos puede <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">inspirar, directa o indirectamente, pasos hacia la paridad de g\u00e9nero en todos los \u00d3rganos de Tratados<\/a>. Ahora es prioritario que los Estados Parte y la Secretar\u00eda aumenten sus esfuerzos y adopten activamente las medidas descritas en el <a href=\"https:\/\/documents-dds-ny.un.org\/doc\/UNDOC\/GEN\/G21\/111\/49\/PDF\/G2111149.pdf?OpenElement\">Informe<\/a> para que, en el 2025, la mitad de las personas que ocupen puestos en cada \u00d3rgano de Tratados sean mujeres.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<div style=\"height:40px\" aria-hidden=\"true\" class=\"wp-block-spacer\"><\/div>\n\n\n\n<p>Aqu\u00ed te compartimos un <a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/infografia-informe-cdh\/\" target=\"_blank\">res\u00famen infogr\u00e1fico<\/a> del Informe del Comit\u00e9 Asesor del CDH de la ONU y otras publicaciones de blogposts.<\/p>\n\n\n\n<p><em>*Esta publicaci\u00f3n es una versi\u00f3n traducida al espa\u00f1ol por la Campa\u00f1a GQUAL. La <a href=\"https:\/\/opiniojuris.org\/2021\/10\/05\/symposium-on-gender-representation-womens-representation-on-the-un-human-rights-treaty-bodies-action-needed-to-achieve-parity\/\" data-type=\"URL\" data-id=\"https:\/\/opiniojuris.org\/2021\/10\/05\/symposium-on-gender-representation-womens-representation-on-the-un-human-rights-treaty-bodies-action-needed-to-achieve-parity\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">publicaci\u00f3n original<\/a> forma parte del <a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"http:\/\/opiniojuris.org\/2021\/10\/04\/symposium-on-gender-representation-the-gqual-campaign-witnessing-change-on-gender-balance-in-international-bodies\/\" data-type=\"URL\" data-id=\"http:\/\/opiniojuris.org\/2021\/10\/04\/symposium-on-gender-representation-the-gqual-campaign-witnessing-change-on-gender-balance-in-international-bodies\/\" target=\"_blank\">Simposio<\/a> sobre Representaci\u00f3n de G\u00e9nero, organizado en conjunto con <a rel=\"noreferrer noopener\" href=\"http:\/\/opiniojuris.org\/\" data-type=\"URL\" data-id=\"http:\/\/opiniojuris.org\/\" target=\"_blank\">Opinio Juris<\/a> en octubre de 2021. <\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[Marcia V. J. Kran es canadiense e integrante del Comit\u00e9 de Derechos Humanos de la&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[121,129],"tags":[366,385,387,364],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8788"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8788"}],"version-history":[{"count":9,"href":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8788\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":8875,"href":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8788\/revisions\/8875"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8788"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8788"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.gqualcampaign.org\/old\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8788"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}